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Limitadores y reguladores de sonido








Introducción al SDR-120
· Registrador-sonógrafo nivel de ruido.
· Registra parámetros sonográficos LAeq60".
· Registra las incidencias ocurridas.
· Ajustable a cualquier normativa.
· Sistema interno de auto verificación del sensor.
· Almacenamiento de datos.
· Configuración y obtención de datos vía software.







Introducción al EQD-50 SR /SRE
· Limitador para control de nivel sonora mediante evaluación espectral.
· Control del nivel de emisión en función de las características del local emisor y receptor.
· Registra 4000 parámetros sonográficos LAeq60".
· Registra las incidencias ocurridas.
· Protegido mediante llaves electrónical.
· Ajustable a cualquier tipo de normativa.
· Sistema interno de calibración.
· Almacenamiento de datos para periodos superiores a un mes.
· Configuración y obtención de datos mediante software.

Descripción del EQD-50 SR / EQD-50 SRE

El limitador registrador EQD-50 SR mide, registra y controla el nivel de presión acústica existentes en el local donde esta instalado. El EQD-50 SR se intercala en la cadena de reproducción, entre el procesor audio y la etapa de potencia, interviniendo en la totalidad de la cadena de sonido.

El EQD-50 SR corrige automáticamente, excesos en el nivel de la señal musical hasta 40dB. El gran rango dinámico de atenuación permite al usuario del equipo musical disponer de un amplio margen de maniobra en el cual el EQD-50 SR corrige los excesos de nivel de la señal sin atenuaciones restrictivas.

El EQD-50 SR actúa según los niveles de la señal eléctrica de la cadena de reproducción, en un tiempo máximo de 90 msec, según el aislamiento del local y el aislamiento de la vivienda colindante al local programados. Esta actuación espectral permite obtener el máximo nivel de presión sonora en el local sin que se supere el límite admisible de nivel en las edificaciones colindantes a este.

El EQD-50 SR dispone también de una función de registrador que permite guardar la información de los niveles medidos y de las incidencias ocurridas (manipulaciones del equipo), como mínimo durante un mes. El registrador del EQD-50 SR funciona independientemente de la función de limitador. Cada vez que el nivel de presión sonora del local sobrepasa los 73 dB(A) durante más de 12 minutos, el equipo considera que se inicia una sesión. Cuando el nivel del local vuelve a pasar por debajo de los 73 dB(A) durante 12 minutos, se registra el fin de la sesión. Durante el tiempo que dura la sesión ruidosa, el EQD-50 SR registra un nivel equivalente un minuto por cada 6, almacenando por tanto, 10 niveles por hora.

Pero además de un registrador, el EQD-50 SR tiene la función de sonógrafo que, para cada sesión, nos informa de:

- Hora y fecha del principio de la sesión;

- Hora y fecha de su final.

- Eficiencia del conjunto "Amplificador - Alta voz - Micrófono", exprimido en dB(A).

- Esfuerzo del limitador al sostener los niveles sonoros en % de funcionamientoa lo largo de la sesión.

- Nivel máximo de la señal (Peak) que cruza el sistema.

- Nivel máximo equivalente a un minuto para cada sesión, con sus horas y fechas respectivas de ocurrencia.

- Nivel medio equivalente un minuto.

- Nivel mínimo equivalente un minuto.

La información almacenada se obtiene gracias a un ordenador personal ó vía transmisión SMS.

La utilización de un display es opcional para el público o el DJ.

La instalación, modificación de parámetros se hacen gracias a nuestro propio software: GestionSDR. Esta protegido por una serie de claves.
Descripción del SDR-120

El sonógrafo-registrador SDR-120 tiene las mismas características que el SDR-100, a las cuales se añade un display. Este display es capaz de presentar los niveles de presión sonora del local donde esta instalado, en dB(A), medidos con tiempos de integración seleccionados por el utilizador, de 1 a 60 segundos, presentado en este caso como el nivel equivalente Leq60" en dB(A).

El SDR-120 registra los niveles de ruido existentes en el local donde esta instalado.

Uno de los objetivos del SDR-120 es determinar los períodos defuncionamiento de la fuente de ruidos mediante un sistema de captación de datos. Otra característica del sistema es su inviolabilidad, para lo cual se dispone de un sistema de vigilancia de los elementos sensores que sean capaces de determinar la manipulación de los mismos. Dentro de estos se encuentra el conjunto Altavoz-Amplificador-Conversor que tiene por misión detectar la no-manipulación del micrófono, para ello se emite un ruido test (ruido rosa), se valora el bucle completo y se ve el conjunto sensibilidad-eficiencia del bucle permanente constante a lo largo de las sesiones. El SDR-120 puede funcionar bien como sonógrafo o como registrador, de la misma manera que el SDR-100.

El SDR-120 y el Supervisor de Ambiente Sonoro pueden ser integrados al Sistema de Supervisión medioambiental en materia de Ruido, definido por PD de Audio, por el envió de datos de las sesiones al sistema de gestión, utilizando la red de mensajería GSM, por SMS.

El Supervisor de Ambiente Sonoro (SAS) esta destinado al mercado de la formación y concienciación social del problema del ruido.

Estos dispositivos están destinados para instalarse en: Colegios (aulas y patios), salas de espera de centros de centros de atención primaria de la SS, centros de urgencias, pasillos de Hospitales, centros de trabajos. etc.



Contaminación acústica

La contaminación acústica está considerada hoy en día como uno de los mayores problemas medioambientales, ya que no sólo provoca un deterioro del entorno, sino que es causa, además, de trastornos físicos y psicológicos en las personas sometidas a ciertos niveles de ruido.

La Legislación Española transfiere las competencias de vigilancia y prevención en materia de ruidos a los Ayuntamientos, por lo que son éstos los que deben adoptar las medidas necesarias para garantizar a los ciudadanos la necesaria calidad medioambiental, es decir:

· Establecer objetivos medioambientales cuantificables.

· Adoptar las medidas correctoras necesarias para la consecución de dichos objetivos.

· Definir los sistemas de vigilancia y control precisos para conocer su grado de cumplimiento.

· En definitiva, adoptar un Sistema de Gestión Medioambiental que asegure la calidad del medio ambiente urbano en materia de ruidos.



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